Por: Jeremías Trejo González.
La instalación de cámaras de seguridad en hogares y negocios ha cobrado un nuevo significado en México, con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares estableciendo multas millonarias por la vigilancia ilegal de espacios públicos.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha confirmado que la instalación de cámaras que captan imágenes de espacios públicos está prohibida, salvo que se cumplan ciertos requisitos.
¿De cuánto es la multa?
La ley establece una multa de hasta 320 mil días de salario mínimo, lo que equivale a 18 millones de pesos en 2025, para quienes difundan grabaciones de asaltos, secuestros o cualquier otro tema que capture rostros de personas en espacios públicos.
¿Por qué se multa?
La difusión de imágenes de personas sin su consentimiento representa una violación a su privacidad y derecho a la imagen. La ley busca proteger la intimidad de los ciudadanos, independientemente de si son delincuentes o transeúntes.
¿Cómo evitar la multa?
Para evitar sanciones, la Profeco recomienda colocar un letrero que advierta a las personas que están siendo filmadas y especifique los motivos de la vigilancia.
También se recomienda instalar las cámaras de afuera hacia adentro, enfocando únicamente el interior de la propiedad y evitando captar imágenes de espacios públicos.
La Profeco ha reiterado su compromiso con la protección de los datos personales y ha instado a la población a informarse sobre la legislación vigente para evitar sanciones.