En una carta de siete cuartillas, el Senado explicó que no hay margen para el incumplimiento o desobediencia de la reforma al Poder Judicial, ya que es parte integral de la Constitución.
CIUDAD DE MÉXICO (apro).– El Senado de la República negó dar la prórroga de 90 días que solicitó el Instituto Nacional Electoral (INE) para realizar la elección de jueces, magistrados y ministros que está prevista para el próximo 1 de junio del 2025.
En un escrito de siete cuartillas, el Senado de la República explicó que no hay margen para el incumplimiento o desobediencia de la reforma al Poder Judicial, ya que es parte integral de la Constitución.
“En el momento en que tomamos protesta de ley al asumir nuestros respectivos cargos, nosotros en el Poder Legislativo, ustedes en el Instituto Nacional Electoral (INE), juramos guardar y hacer la Constitución, es decir, cumplirla y hacerla respetar. Desde el 15 de septiembre de 2024, cuando se publicaron las reformas constitucionales al Poder Judicial, es parte integral de la Constitución y debe cumplirse.
«No hay margen para incumplimiento a desobediencia y en ello se establece la fecha del primer domingo de junio para realizar los comicios para que pueblo elija mediante el voto universal, secreto y directo a las personas juzgadoras integrantes del Poder Judicial”, detalla.
En otra de las páginas, la respuesta del Senado resalta que retrasar o paralizar la elección de jueces, magistrados y ministros ocasionaría un desajuste en las condiciones de equidad de los candidatos y aspirantes, además de que aplazamiento de tal naturaleza vulneraria la gradualidad y continuidad en los tiempos establecidos en sus respectivas etapas.
“Por lo que brindar una prórroga al procedimiento establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para reformar la elección de juezas y jueces de distrito, magistradas y magistrados de circuito, así como a ministras y ministros del Alto Tribunal equivaldría a no respetar el texto constitucional vigente, dando paso a su incumplimiento de manera íntegra y oportuna del proceso de renovación del Poder Judicial Federal.
“De lo anterior, se desprende que esta soberanía no está facultada para dar una respuesta favorable a la solicitud planteada», finaliza el documento.